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Durante muchos años hemos sido testigos como los trabajadores al ver conculcados sus derechos laborales con injustos despidos han tenido que recurrir al Poder Judicial para hacer valer sus derechos, donde los magistrados aplicando las leyes vigente obligan a los empleadores a cumplir con esta.
Pero esta vez es justamente el Poder Judicial el que ha sido obligado a cumplir la ley que aplica por el Tribunal Constitucional, y en el expediente 02494-2009 ha dictado loa siguiente sentencia:
l.-Declarar FUNDADA la demanda de amparo por haberse acreditado la vulneración del derecho al trabajo; en consecuencia, nulo el despido fraudulento del demandante.
2.- Ordenar al poder Judicial que reponga a don Jorge Luis Castañeda Rivadeneyra en el puesto que ocupaba antes de su cese, o en uno de igual categoría.
3.-Asimismo, ordenar se disponga el pago de los costos procesales de acuerdo al fundamento 11.
Los antecedentes se remontan al 25 de abril del 2008 cuando Jorge Luis Castañeda Rivadeneyra interpone demanda de amparo contra el Presidente del Poder Judicial, contra la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, solicitando ser repuesto en su centro de trabajos al haber sido despedido sin expresión de causa justa y sin las formalidades de ley.
El juez del 6to. Juzgado Civil de Chiclayo declara fundada la demanda pero la Sala Constitucional de Lambayeque revoca la apelada y la declara infundada, por lo que el agraviado acude al Tribunal Constitucional quien analizando los hechos determina la vulneración al derecho del trabajo y da cuenta del injusto despido, y ordena que Jorge Luis Castañeda Rivadeneyra sea repuesto en su cargo.
Una nueva sentencia del TC que sentará jurisprudencia y que nuevamente le enmienda la plana al Poder Judicial.
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